En función de esta facultad fiscalizadora, le corresponde a este Tribunal Supremo, señalar que la
En función de esta facultad fiscalizadora, le corresponde a este Tribunal Supremo, señalar que la tramitación de todo proceso obedece a reglas de procedimiento preestablecidas que regulan la actuación de los sujetos procesales, de tal manera que no sólo la intervención de las partes en litigio se encuentra normada, sino también la del Juez, cuya intervención en el proceso resulta esencial conforme determina el artículo 50 del Código Adjetivo de la materia. Por ello, los jueces tienen el deber de emitir sus resoluciones en la forma y en los plazos previstos por ley, como prevé el artículo 3 num. 2) del Código de Procedimiento Civil
- Auto Supremo: Nº 52. Sucre: 14 de Febrero de 2011
- Expediente: Nº 119 - 06 - S
- Distrito: Santa Cruz
- Ministro Relator: Dr. Ángel Irusta Pérez
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fojas 176
- Contra esa resolución la parte actora interpuso recurso de apelación, en cuyo mérito, el 17
- Resolución de alzada recurrida en casación en la forma y en el fondo, por la
- CONSIDERANDO:Que, la facultad contenida por los artículos 15 de la Ley de Organización Judicial y
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- En ese sentido, el artículo 204-III) del citado Código Adjetivo Civil, señala que, en los
- Finalmente, el artículo 100 de la Ley de Organización Judicial, previene que bastan dos votos
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los datos del proceso se evidencia que radicada la
- Que, el sorteo es el acto procesal de autoridad que tiene por virtud abrir la
- Por lo relacionado precedentemente, se llega a la conclusión que el Auto de Vista ha
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo
- No siendo excusable el error, que motiva perjuicio a la partes en litigio y genera
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
