Auto Supremo AS/0052/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0052/2011

Fecha: 14-Feb-2011

Que, el sorteo es el acto procesal de autoridad que tiene por virtud abrir la


Que, el sorteo es el acto procesal de autoridad que tiene por virtud abrir la competencia del relator y marca el inicio del plazo para emitir al Auto de Vista; en consecuencia no es admisible que exista doble sorteo, como el caso sub lite; en otras palabras si la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, estaba conformada por tres vocales y en virtud al sorteó de 25 de marzo de 2006, le correspondía al Vocal Ramiro Claros Rojas, ser el relator de la causa y en merito a ello presentó su proyecto, con el cual los otros vocales que conformaban Sala fueron disidentes, no es correcto y no correspondía que entre estos dos -disidentes- se hubiera procedido a un nuevo sorteo en fecha 21 de abril de 2006 y que a partir de éste corra un nuevo plazo para emitir la Resolución de alzada; pues, en todo caso, el segundo vocal debió presentar su disidencia debidamente fundamentada y el tercer vocal que compartía el criterio de éste, simplemente adherirse a la disidencia y conforme prevé el artículo 100 de la Ley de Organización Judicial, existiendo dos votos conforme sacar el fallo que corresponda