Auto Supremo AS/0059-C/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0059-C/2011

Fecha: 25-Feb-2011

CONSIDERANDO: Que, luego de apersonarse, la representante de la entidad demandada, solicitó explicación o complementación


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VISTOS: La solicitud de explicación o complementación de fs. 412-418, presentada vía fax y de fs. 420-422 en original, por María Isabel Gantier Sologuren, en representación de la Gerencia de Grandes Contribuyentes de La Paz (GRACO LA PAZ) del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), respecto del Auto Supremo Nº 59 de 15 de febrero de 2001, cursante a fs. 404-410, emitido dentro del presente proceso contencioso tributario seguido por la Empresa Compañía Minera del Sur. S.A. (COMSUR S.A.), actualmente denominada SINCHI WAYRA S.A., contra la Gerencia GRACO del SIN La Paz, los antecedentes y

CONSIDERANDO: Que, luego de apersonarse, la representante de la entidad demandada, solicitó explicación o complementación del referido auto supremo, expresando que sustenta conclusiones que se apartan de la ley, por lo que pide se explique o complemente los siguientes aspectos:

1.- Analizando el numeral 5 de la parte considerativa del auto supremo, se aclare, si debe entenderse que los gastos de subsidio deben ser soportados por el Estado, pese a que el art. 25 del D.S. Nº 21637, señala que estos conceptos serán pagados a su cargo y costo directamente por el empleador del sector público o privado. Y si la norma especial aplicable al caso es la Ley Nº 1499 o la Ley 1489 de 16 de abril de 1993, antes de su modificatoria