Auto Supremo AS/0072/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0072/2011

Fecha: 04-Mar-2011

Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista no transgrede ni vulnera ninguna


Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista no transgrede ni vulnera ninguna norma, por el contrario se ajusta a las disposiciones legales en vigencia, por ello, corresponde resolver la acción intentada en la forma prevista por los arts. 271 inc. 2) y 273 del Procedimiento Civil, aplicables por disposición de los arts 630 y 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social