En grado de apelación deducida por la reclamante de fs
En grado de apelación deducida por la reclamante de fs. 70-71, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista Nº 14/2010 de 1 de febrero de 2010 (fs. 78), mediante el que confirma en su integridad la Resolución Administrativa Nº 1598/07 de 12 de noviembre de 2009
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación emitió la Resolución
- En grado de apelación deducida por la reclamante de fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó pidiendo que se case el auto de vista, ante todo no se condene a
- CONSIDERANDO II: Que así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a
- Es decir, el SENASIR como Institución dependiente del Viceministerio de Pensiones, Valores y Seguros, tiene
- En el presente caso, al disponerse confirmar la suspensión definitiva de la Renta Única de
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista no transgrede ni vulnera ninguna
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
