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6.- El recurso expuesto al respecto por Gina Roxana Saavedra Ramírez fue planteado con los siguientes argumentos: a) Durante la sustanciación de la causa ella y la otra procesada presentaron un Informe del perito José Goytia Durán, según el cual la copia que de ese plano utilizaron no presenta vestigios de alteración alguna; b) El Juez rechazó arbitrariamente la cuestión prejudicial que ambas presentaron con documentación que acredita que ante el Juez Segundo de Partido en lo Civil se tramita, respecto a los mismos terrenos, un proceso sobre reivindicación y mejor derecho. De su parte, Yolanda Ramírez Salazar manifestó que los peritajes presentados por FONVIS en calidad de prueba de cargo fueron deficientes y erróneos
- Expediente: Cochabamba 63/2005
- Partes: Alcaldía Municipal de Cochabamba y FONVIS c/ Gina Roxana Saavedra Ramírez y otra
- Delito: Falsedad material y uso de instrumento falsificado
- Ministro relator: José Luis Baptista Morales
- VISTOS: los recursos de casación interpuestos el 24 de marzo de 2005 por Gina Roxana
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- CONSIDERANDO: que efectuado el análisis pertinente, se pudo apreciar que tales recursos fueron presentados sin
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
