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7.- El recurso de casación que es motivo de autos fue interpuesto contra ese Auto de Vista con los siguientes argumentos: a) Las excusas de todos los Vocales de la Corte de Distrito constituyen una violación de las reglas del debido proceso; b) No figuran en el expediente los pasaportes mencionados por los querellantes, lo cual implica que esa prueba de cargo es inexistente; c) Como consecuencia de las excusas de los Vocales no se dio cumplimiento al plazo fijado por Ley para dictar resolución
- Expediente: Cochabamba 119/2005
- Partes: Bismark Michel Rojas, Oscar Muriel Calvi y otros c/ Kathia Ximena Zapata Rodríguez
- Delito: Estafa
- Ministro relator: Ramiro José Guerrero Peñaranda
- VISTOS: el recurso de casación presentado mediante apoderado por Kathia Ximena Zapata Rodríguez el 8
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- CONSIDERANDO: que efectuado el análisis pertinente, se pudo apreciar que son absolutamente intrascendentes las objeciones
- En el caso de autos tenemos, que de la lectura del testimonio número 826/2001 (fojas
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
