Por otro lado, es menester referir que en el marco de la previsión del artículo
Por otro lado, es menester referir que en el marco de la previsión del artículo 1286 del Código Civil , la apreciación de la prueba es atribución privativa de los jueces de grado por consiguiente incensurable en casación a menos que demuestre el error de hecho y error de derecho en la apreciación de la prueba como exige la previsión del artículo 253 - 3) del Código de Procedimiento Civil, lo que el recurrente no demuestra, limitándose a señalar error de derecho en la aplicación de las pruebas de confesión y pericial y sin especificar cual debió ser la tasa legal correcta que la ley otorga a estos medios probatorios y que no fue observada ni aplicada por la jueza de la causa
- Auto Supremo: Nº 112 Sucre: 31 de Marzo de 2011
- Expediente: Nº 47 - 07 - S
- Distrito: Chuquisaca
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 157 a 158, interpuesto por Roberto Iborg Valdiviezo
- En grado de apelación, deducida por el demandado Milton Dávalos Herrera, a través de su
- Contra la resolución de vista, Roberto Iborg Valdiviezo Salazar en representación legal del demandado Milton
- En la forma y en base al artículo 254 - 4) del Código de Procedimiento
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo de los recursos de casación en el fondo y
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, se tiene que, por disposición del
- Por otro lado, es menester referir que en el marco de la previsión del artículo
- Finalmente, es preciso considerar que, por exigencia del artículo 190 del Código de Procedimiento Civil,
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
