Auto Supremo AS/0191/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2011

Fecha: 31-Mar-2011

Teniendo en cuenta lo expuesto y rescatando el mensaje del legislador, existe la certidumbre de


Teniendo en cuenta lo expuesto y rescatando el mensaje del legislador, existe la certidumbre de que las disposiciones legales aludidas no otorgan competencia alguna al Tribunal Supremo de Justicia para juzgar como tribunal colegiado, ni a sus salas especializadas para ejercer el "CONTROL JURISDICCIONAL DE LA INVESTIGACIÓN", con relación al ciudadano Mario Adel Cossio Cortez, Prefecto del Departamento de Tarija, así como, las autoridades referidas al exordio por ser de rango inferior y de la misma entidad, merecen ser procesadas por Tribunales jurisdiccionales competentes en la vía ordinaria