Que contra la resolución de vista, el Gerente General de FOCALIZA S
Que contra la resolución de vista, el Gerente General de FOCALIZA S.R.L, a través de su apoderado, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 229-230), reiterando los fundamentos de la apelación planteada a fs. 132, señala que el tribunal de alzada y la Jueza de primera instancia, infringieron en el art. 153 del Cód. Proc. Trab., y que no se aplicó correctamente el art. 381 del Cód. Pdto. Civ., porque la Juez de primera instancia no rechazó sin más trámite la prueba de cargo presentada a fs. 117, por impertinente y apartarse del auto que determino los hechos a probarse, agrega que no se consideró el art. 182 del Código Adjetivo Civil, argumentando que nunca se les notificó con la proposición de más prueba, dejándoles en indefensión y conculcando el debido proceso
- AUTO SUPREMO Nº 113 Social Sucre, 28 de abril de 2011
- PARTES: Patricia Gladys Mollo López c/ Empresa FOCALIZA S.R.L
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por ambas partes del proceso (fs
- Que contra la resolución de vista, el Gerente General de FOCALIZA S
- Concluye pidiendo a la Corte Suprema Justicia, case parcialmente el auto de vista recurrido y,
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- Que en el antecedente anotado, queda claro que la deficiente formulación del recurso que se
- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso planteado en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
- Sin costas por haber sido respondido el recurso fuera del término previsto por ley
- Relator: Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
