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    Auto Supremo AS/0331/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0331/2011

    Fecha: 27-May-2011

    Continúa refiriendo que en lo referente a la declaración del imputado como testigo se deberá


    Continúa refiriendo que en lo referente a la declaración del imputado como testigo se deberá contrastar este extremo con el principio de legitimidad del procesado
    • CONSIDERANDO: Que, las querellantes Mónica Denise Candelaria Medina Téllez y Lourdes Aro de Cortes, en
    • Continúa refiriendo que en lo referente a la declaración del imputado como testigo se deberá
    • Que en el Auto de Vista No
    • Alegan que para el Auto de Vista recurrido, la Sentencia sería incoherente, irracional, e infundada,
    • Refieren que en el caso de autos es la tercera vez que se remite a
    • Con tales argumentaciones, pide se admita el Recurso de Casación, se deje sin efecto el
    • CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
    • Que, examinados los hechos y antecedentes del caso, se evidencia que el Auto de Vista
    • Por otra parte invocó los Autos Supremos referidos anteriormente en calidad de precedentes que considera
    • En consecuencia el Recurso de Casación resulta admisible
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.-

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