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3.- Sustanciada la respectiva causa con sujeción al sistema procesal penal anterior al actual, los Jueces del Juzgado Segundo de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba dictaron sentencia el 19 de diciembre de 2003 con las siguientes decisiones: a) Declararon a Edgar Sotomayor Arandia autor del acto de tentativa para la comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias controladas, y lo condenaron a la pena de ocho años de presidio; b) Declararon que Luisa Vallejos Castillo actuó como cómplice para la comisión de ese delito, y la condenaron a la pena de cinco años y cuatro meses de presidio; c) Impusieron además a ambos multa y pago de costas y daños y perjuicios al Estado; d) Dispusieron que se proceda a la confiscación del vehículo incautado (fojas 260 a 262)
- Partes: Ministerio Público C/ Edgar Sotomayor Arandia y Luisa Vallejos Castillo
- Delito: Tráfico de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 5 de octubre de 2005 por Abogada Defensora
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- CONSIDERANDO: que efectuado el examen pertinente, se percibió que dicho recurso fue planteado sin cumplimiento
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
