Auto Supremo AS/0165/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0165/2011

Fecha: 22-Jun-2011

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5.- El recurso de casación que es motivo de autos, fue presentado en representación de Edgar Sotomayor Arandia por Abogada Defensora de Oficio, quien manifestó que el Auto de Vista emitido el año 2005 respecto a ese proceso iniciado el año 2000 se pronunció extemporáneamente y sin competencia del Tribunal de Alzada, pues éste tenía la obligación de extinguir de oficio la correspondiente causa penal en estricta aplicación de la Disposición Transitoria Tercera contenida en el nuevo Código de Procedimiento Penal que prescribe que las causas sustanciadas con el anterior sistema procesal deben concluir en el plazo máximo de cinco años contados desde la fecha en que se publicó dicho Código, hecho que se produjo el 31 de mayo de 1999