CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, cuáles son: a) interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación del Auto de Vista impugnado; b) invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo el recurrente señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente contradictorio invocado, a objeto de que el tribunal de casación establezca la contradicción, entendiéndose que ésta existe "cuando, ante una situación de hecho similar, el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido no coincide con el del precedente, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance"; como lo prevé y exige la última parte del citado artículo 416, debiendo acompañarse como única prueba admisible copia del recurso de apelación restringida en la que se invocó el precedente
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Sandra Maygua Iriarte, (fs
- Alega que al introducirse un delito de acción privada a otro de acción pública como
- Que de ese modo se vulneró el art
- Arguye que el Auto de Vista se basó en el art
- Refiere como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nos
- Con tales argumentaciones, pide se conceda el Recurso de Casación y se deje sin efecto
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- Que, examinados los hechos y antecedentes del caso, se evidencia que el Auto de Vista
- Sin embargo, la recurrente si bien anexó la copia de la apelación restringida, no argumentó
- La recurrente, no fundamentó en términos precisos la existencia de contradicción alguna en el Auto
- Para que sea admisible el Recurso de Casación, es necesario exponer en términos precisos las
- Puesto que cuando los arts 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, establecen como
- En consecuencia el Recurso de Casación interpuesto por, Sandra Maygua Iriarte, resulta inadmisible
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
