De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se sustentan en causas diferentes y persiguen efectos distintos que no pueden confundirse entre si, como erróneamente planteo el recurrente
- AUTO SUPREMO Nº 213 Social Sucre, 04 de julio de 2011
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por ambas partes (fs
- Dicho fallo, motivó el recurso casación o de nulidad (fs
- Concluye solicitando que el tribunal supremo case o anule el "proceso", al amparo de las
- CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente,
- De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
- Que en ese marco legal, lo expuesto en el recurso resulta insuficiente y hace inviable
- Se regula honorario profesional de abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 04 de Julio de 2011
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua. Secretaria de Cámara.
