Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0217/2011
Fecha: 05-Jul-2011
Dr. Julio Ortiz Linares
Dr. Julio Ortiz Linares
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AUTO SUPREMO Nº 217 Social Sucre, 05 de julio de 2011
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CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
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En grado de apelación formulada por ambas partes (fs
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Dicho fallo motivó el recurso de casación formulado por el demandado Víctor Wilfredo Vásquez Pacheco
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Concluyó solicitando que este tribunal "revoque" la sentencia, casando el auto de vista recurrido, declarando
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CONSIDERANDO II:Que así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
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Revisados los antecedentes procesales y las pruebas aportadas durante la tramitación de la presente causa,
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En conclusión, se advierte que el referido tribunal no incurrió en las infracciones acusadas en
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POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
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Se regula el honorario profesional en Bs. 500 que mandará pagar el tribunal de alzada
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
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Dr. Julio Ortiz Linares
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Sucre, 05 de Julio de 2011
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Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua. Secretaria de Cámara.
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