Al respecto, revisados los antecedentes procesales y las pruebas aportadas durante la tramitación de la
Al respecto, revisados los antecedentes procesales y las pruebas aportadas durante la tramitación de la causa, se advierte que el trabajador ahora demandante, reclama en su demanda el pago retroactivo de diferencia salarial por los periodos trabajados, ya que como manifiesta en su demanda, mediante contrato (fs. 1) ingresó a trabajar a EMTAGAS el 18 de febrero de 1999 cumpliendo tareas de lecturación de medidores en barrios y zonas de la ciudad de Tarija, teniendo como remuneración mensual la suma de Bs. 1.200, habiendo sido promovido al cargo de Encargado de la Unidad de Personal, durante el periodo de un año y cinco meses entre el 18 de enero de 2002 (fs. 8-9), hasta el 10 de junio de 2003 como se advierte por el memorando de fs. 5, fecha en que se le asigno el cargo de Encargado de Adquisiciones en reemplazo de Paola Quiroga hasta el 11 de septiembre de 2003, momento en el se lo designa mediante memorando de fs. 6 como titular de esa repartición hasta el 4 de mayo de 2004, debiendo percibir un salario de Bs. 3.500, tal como se evidencia por el memorando de fs. 35, documento en el cual se le asigna el cargo de Auxiliar de Almacenes, posteriormente y según el informe JRH Nº 038/2007 de 17 de octubre de 2007 (fs. 12), se establece que el actor fue designado como Encargado de Servicios Generales, percibiendo una remuneración de Bs. 2.360, existiendo según afirma el actor, mucha diferencia con respecto a la masa salarial
- AUTO SUPREMO Nº 246 Social Sucre, 19 de agosto de 2011
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
- El recurso de apelación formulado por el demandante (fs
- Contra esta determinación, el representante de EMTAGAS, interpuso recurso de casación en el fondo (fs
- Indicó la interpretación errónea e indebida aplicación de los arts
- Señaló también la vulneración de los arts
- Finalmente denunció la vulneración del art
- Concluyó solicitando que el tribunal supremo, case el auto de vista recurrido, manteniendo firme y
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- En ese contexto, se advierte que el fundamento principal de la empresa recurrente, está relacionado
- Al respecto, revisados los antecedentes procesales y las pruebas aportadas durante la tramitación de la
- Sin embargo, estos reclamos efectuados por el demandante, en el cual solicita el pago de
- Consiguientemente, al haberse advertido que el tribunal de alzada, incurrió en las interpretaciones erróneas y
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
- Para resolución previa convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 19 de agosto de 2011
- Proveído: Gladys Segovia García. Secretaria de Cámara.
