Auto Supremo AS/0246/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2011

Fecha: 19-Ago-2011

Consiguientemente, al haberse advertido que el tribunal de alzada, incurrió en las interpretaciones erróneas y


Consiguientemente, al haberse advertido que el tribunal de alzada, incurrió en las interpretaciones erróneas y violaciones denunciadas en el recurso, corresponde resolverlo conforme facultan los arts. 271 inc. 4) y 274-I del Cód. pdto. Civ., aplicables por mandato de la norma remisiva del art. 252 del Cód. Proc. Trab