Apelada la sentencia de primera instancia por lo demandados reconventores, la Sala Civil Segunda de
Apelada la sentencia de primera instancia por lo demandados reconventores, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 478/2006 de 20 de octubre, cursante de fojas 881 a 383 vuelta, confirmó tanto sentencia recurrida así como el auto de 21 de enero del 2004, cursante de fojas 527 a 528, con costas
- Auto Supremo: Nº 260 Sucre: 22 de Agosto de 2011
- Expediente: Nº 8 - 07 - S
- Distrito: Santa Cruz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: Los recursos de casación en el fondo y nulidad de fojas 896 a 900
- Apelada la sentencia de primera instancia por lo demandados reconventores, la Sala Civil Segunda de
- A consecuencia del fallo de segunda instancia, los demandados Juan Carlos Serrate Middagh y Ana
- En el recurso de nulidad, denuncian que tanto el Juez de primera instancia como el
- Finalizan sus recursos, solicitando se dicte auto supremo casando la resolución recurrida, ordenando consecuentemente la
- CONSIDERANDO: Que, la jurisprudencia sentada por este Tribunal, estableció que el recurso de casación constituye
- Los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma", si bien aparecen
- El recurso de casación en cualquiera de sus formas previstas, para su procedencia y atención
- En la especie, los recursos plateados de manera idéntica en todo su contexto resultan contradictorios
- En cuanto al recurso de casación en la forma, los recurrentes de manera contradictoria y
- Por lo expuesto, y en consideración de que el Tribunal Supremo es de puro derecho
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2011
