b) Contra la mencionada Sentencia, el querellante y el imputado formularon recurso de apelación restringida
b) Contra la mencionada Sentencia, el querellante y el imputado formularon recurso de apelación restringida conforme se tiene de las actuaciones cursantes de fs. 487 a 493 y de 494 a 495, respectivamente, que fueron resueltos por Auto de Vista 81/"2011" de 10 de enero de 2012, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que cursa a fs. 513 y vta., imponiendo la pena de diez años de presidio; contra dicha Resolución el imputado interpuso recurso de casación, que fue resuelto mediante Auto Supremo 82/2012 de 19 de abril, dejando sin efecto el referido Auto de Vista, disponiendo se pronuncie nueva resolución conforme la doctrina legal aplicable; remitidos los antecedentes ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emite el Auto de Vista 29/2012 de 25 de mayo, declarando improcedente los recursos de apelación restringida interpuestos por las partes y confirmó la Sentencia
- Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2012, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el querellante y el imputado formularon recurso de apelación restringida
- c) Notificado el acusador particular Víctor Mamani Quispe, el 29 de agosto de 2012, conforme
- Del memorial que cursa de fs
- Con estos argumentos y en mérito a los Autos Supremos: 199 de 22 de mayo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el incumplimiento de requisitos formales para la admisibilidad del
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
