Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2012, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 233/2012-RA
Sucre, 1 de octubre de 2012
Expediente : La Paz 99/2012
Parte acusadora : Ministerio Público y Víctor Mamani Quispe
Parte imputada : Isaac Armando Cori Mamani
Delito : Homicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2012, que cursa de fs. 574 a 580 vta., Víctor Mamani Quispe, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 29/2012 de 25 de mayo, cursante de fs. 559 a 561, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Víctor Mamani Quispe contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 233/2012-RA
Sucre, 1 de octubre de 2012
Expediente : La Paz 99/2012
Parte acusadora : Ministerio Público y Víctor Mamani Quispe
Parte imputada : Isaac Armando Cori Mamani
Delito : Homicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2012, que cursa de fs. 574 a 580 vta., Víctor Mamani Quispe, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 29/2012 de 25 de mayo, cursante de fs. 559 a 561, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Víctor Mamani Quispe contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2012, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el querellante y el imputado formularon recurso de apelación restringida
- c) Notificado el acusador particular Víctor Mamani Quispe, el 29 de agosto de 2012, conforme
- Del memorial que cursa de fs
- Con estos argumentos y en mérito a los Autos Supremos: 199 de 22 de mayo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el incumplimiento de requisitos formales para la admisibilidad del
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
