Auto Supremo AS/0377/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2012

Fecha: 18-Oct-2012

Complementariamente a lo anotado, el Tribunal de apelación, solo puede negar el recurso de casación

Complementariamente a lo anotado, el Tribunal de apelación, solo puede negar el recurso de casación o nulidad, en los casos previstos por el artículo 262 incisos 1) al 3) del Código de Procedimiento Civil, modificados por el artículo 26 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar; es decir:
1.- Cuando se hubiere interpuesto el recurso, después de vencido el término;
2.- Cuando pudiendo haber apelado, no se hubiere hecho uso de este recurso ordinario; y
3.- Cuando el recurso no se encuentre previsto en los casos señalados en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil