Contra el indicado Auto de Vista, el compulsante interpone recurso de casación en el fondo
Contra el indicado Auto de Vista, el compulsante interpone recurso de casación en el fondo de fojas 47 a 54, que es rechazada en su concesión por auto de 14 de agosto de 2012, bajo el fundamento que no se encuentra dentro de lo previsto por el art. 255 del Código de Procedimiento Civil, complementado por el art. 26 de la Ley 1760
- Partes: Juan Lorgio Gutiérrez Espinoza c/Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO: De la lectura de antecedentes se infiere, que dentro del proceso ordinario de nulidad
- Contra el indicado Auto de Vista, el compulsante interpone recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO: El recurso de compulsa está abierto para determinar si la negativa de la impugnación
- Que según prevé el artículo 283 del Código Adjetivo Civil aplicable a la materia, el
- Complementariamente a lo anotado, el Tribunal de apelación, solo puede negar el recurso de casación
- CONSIDERANDO: En consecuencia, corresponde verificar la certeza de tal hecho a efectos de declarar legal
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- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia deL Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.-
