Con la interposición del recurso de casación en el fondo, la recurrente pretende que éste
En el caso que se analiza, la recurrente al interponer recurso de casación en el fondo contra una resolución de alzada anulatoria, no comprendió la naturaleza del fallo y equivocó el medio de impugnación deducido, toda vez que contra una resolución que anula obrados no es posible interponer recurso de casación en el fondo, correspondiendo contra esa resolución únicamente recurso de casación en la forma, destinado a que este Tribunal Supremo de Justicia revise si los motivos que dieron lugar a la nulidad dispuesta son o no correctos.
Con la interposición del recurso de casación en el fondo, la recurrente pretende que éste Tribunal emita pronunciamiento sobre el fondo del litigio CASANDO el Auto de Vista recurrido, situación que es inviable habida cuenta que con la nulidad dispuesta, el Tribunal de Alzada no se pronunció ni emitió resolución sobre el fondo de la controversia y consecuentemente no se apertura la competencia del Tribunal de Casación para analizar el fondo del asunto, resultando por ello imposible que éste Tribunal Supremo de Justicia se pronuncie en el sentido que solicita la recurrente, por lo que el recurso deviene en improcedente; en este sentido se tiene establecido la línea jurisprudencial del Tribunal Supremo de Justicia en reiterados autos supremos, tales como el A.S. Nº 207/2012, 263/2012, 281/2012, entre otros
Con la interposición del recurso de casación en el fondo, la recurrente pretende que éste Tribunal emita pronunciamiento sobre el fondo del litigio CASANDO el Auto de Vista recurrido, situación que es inviable habida cuenta que con la nulidad dispuesta, el Tribunal de Alzada no se pronunció ni emitió resolución sobre el fondo de la controversia y consecuentemente no se apertura la competencia del Tribunal de Casación para analizar el fondo del asunto, resultando por ello imposible que éste Tribunal Supremo de Justicia se pronuncie en el sentido que solicita la recurrente, por lo que el recurso deviene en improcedente; en este sentido se tiene establecido la línea jurisprudencial del Tribunal Supremo de Justicia en reiterados autos supremos, tales como el A.S. Nº 207/2012, 263/2012, 281/2012, entre otros
- Auto Supremo: 384/2012
- Expediente: SC - 82 - 12 - S
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Ante el fallecimiento de la persona demandada, el Sr
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Indica también que la parte demandada no ha reclamado de manera oportuna la supuesta nulidad,
- Con tales argumentos interpone recurso de casación en el fondo pidiendo se CASE el Auto
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- La casación tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley y de esta
- Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto por errores en la
- De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
- Con la interposición del recurso de casación en el fondo, la recurrente pretende que éste
- Empero, simplemente a manera de aclaración se debe indicar que la nulidad dispuesta por el
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
