De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y el de forma son dos medios de impugnación distintos, que persiguen igualmente finalidades diferentes, el uno, nos referimos al de fondo, está orientado a que el Tribunal Supremo revise el fondo de la resolución del litigio, y en este caso lo que el recurrente pretende es que el Auto Supremo "CASE" la resolución recurrida y resuelva el fondo de la controversia en base a la correcta aplicación o interpretación de la ley o la debida valoración de la prueba. En cambio el recurso de casación en la forma esta orientado a que el Tribunal Supremo constate la existencia de errores formales en la resolución impugnada o de procedimiento en la sustanciación de la causa que conlleven la afectación del debido proceso, en ese caso la pretensión recursiva esta orientada a la nulidad de la resolución impugnada o la nulidad de obrados
- Auto Supremo: 384/2012
- Expediente: SC - 82 - 12 - S
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Ante el fallecimiento de la persona demandada, el Sr
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Indica también que la parte demandada no ha reclamado de manera oportuna la supuesta nulidad,
- Con tales argumentos interpone recurso de casación en el fondo pidiendo se CASE el Auto
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- La casación tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley y de esta
- Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto por errores en la
- De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
- Con la interposición del recurso de casación en el fondo, la recurrente pretende que éste
- Empero, simplemente a manera de aclaración se debe indicar que la nulidad dispuesta por el
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
