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Consiguientemente y en mérito a lo expuesto precedentemente, corresponde resolver el recurso de casación de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez Segundo del
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- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto precedentemente, corresponde resolver el recurso de casación de
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