Auto Supremo AS/0348/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2012

Fecha: 30-Nov-2012

CONSIDERANDO: Que, el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, faculta al tribunal de casación


CONSIDERANDO: Que, el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, faculta al tribunal de casación anular de oficio todo proceso en el que se encontraren infracciones que interesan al orden público; esto con el objeto de verificar si en ellos se observaron las formas esenciales que hacen eficaz a un proceso de conocimiento y fundamentalmente, que las resoluciones que contenga sean útiles en derecho y guarden la seguridad jurídica que las partes buscan a través de aquél