Auto Supremo AS/0401/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2012

Fecha: 05-Nov-2012

Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto


Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto de Vista: Continuando con el análisis de los datos procesales que informan esta causa, se tienen las siguientes consideraciones de orden legal:

A) De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida: Conforme lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, un requisito formal que debe ser cumplido por la parte que formuló el Recurso de Casación, es el de haber invocado el precedente contradictorio en su Recurso de Apelación Restringida; ahora bien, con relación al recurso planteado por Teddy Parraga Musgravi de fs. 210 a 215 verificado el mismo se advierte el incumplimiento de este requisito formal que habilita al Tribunal de Casación para que pueda considerar el fondo del recurso por lo que siendo la normativa penal de orden público y cumplimiento obligatorio ante la omisión del recurrente hace que este devenga en inadmisible