Auto Supremo AS/0430/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2012

Fecha: 15-Nov-2012

De lo referido procedentemente se infiere que las formas de Resolución de cada uno de

De lo referido procedentemente se infiere que las formas de Resolución de cada uno de los recursos, en el fondo y en la forma, también adopta una forma específica y diferenciada, de ahí que, cuando se plantea recurso de casación en el fondo lo que se pretende es que el Tribunal case el Auto de Vista impugnado y resuelva el fondo del litigio; en cambio, cuando se plantea el recurso de nulidad o casación en la forma, lo que se pretende es la nulidad de obrados, siendo comunes para ambos recursos las formas de Resolución por improcedente o infundado. Por ello, al margen de exponer los motivos en que se funda su recurso de casación, sea en el fondo o en la forma, es deber del recurrente concretar su pretensión en forma congruente con el recurso que plantea