Plazo
Los elementos señalados precedentemente son de cumplimiento ineludible e inexcusable ya que estos requisitos determinarán la eficacia del planteamiento, y si bien nuestra normativa legal otorga el derecho a recurrir también exige requisitos que deben ser cumplidos, que ante la negligencia o su cumplimiento deberá disponerse su inadmisibilidad sin que pueda interpretarse ésta, como a la negación a su derecho a recurrir, es así que a partir de su cumplimiento este Tribunal recién podrá ingresar a considerar el Recurso planteado.
CONSIDERANDO IV: (Cumplimiento de los requisitos formales)
Plazo.- La fecha desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular el Recurso de Casación corre desde el día siguiente a la notificación con el Auto de Vista Recurrido, en este caso a fs. 247, se encuentra la diligencia que data de 2 de octubre de 2008, ahora bien, el recurrente formula su Recurso de Casación mediante memorial de 7 de octubre de 2008, con cargo de recepción de 7 de octubre del mismo año cursante a fs. 262 vta., realizado el cómputo respectivo se establece, que el Recurso se encuentra presentado dentro del plazo establecido
- Notificado con el Auto de Vista la Aduana Nacional, Regional La Paz, mediante memorial presentado
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los siguientes
- Finalmente, conforme a los antecedentes y fundamentos señalados supra, solicitó se deje sin efecto el
- Que, sobre la Casación, Roxin emite un criterio conceptual afirmando que: "La Casación es un
- Según prevé el art
- En el Recurso de Casación se deberá señalar la contracción en términos precisos y como
- Plazo
- Invocación de precedente contradictorio
- CONSIDERANDO V
