Auto Supremo AS/0447/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0447/2012

Fecha: 30-Nov-2012

ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs.215 a 216, interpuesto por Víctor Pinto Zarate, contra el Auto de Vista Nro. SF- 170/2012, cursante de fs. 209 a 211, emitido el 24 de septiembre de 2012 por la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso de divorcio seguido por Carmen Rosa Bustillos Arancibia en contra del recurrente; la respuesta de fs.220 a 222, la concesión a fs. 223, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Cuarto de Familia de la ciudad de Sucre, el 8 de mayo de 2012 pronunció la sentencia Nº 46, cursante de fs. 176 a 180, declarando probada la demanda principal de divorcio e improbada la demanda reconvencional, ambas planteadas por la causal prevista por el art. 130 numeral 4) del Código de Familia, sin costas por ser juicio doble. Como consecuencia de ello mantuvo la determinación provisional de conceder la guarda del hijo menor de edad Benjamín Jhojan Pinto Bustillos a favor de la madre, igualmente mantuvo la determinación provisional asumida respecto a la asistencia familiar fijada a favor del hijo menor en la suma de Bs. 600 a cargo del progenitor y de Bs. 250 a favor de la actora; no se pronunció respecto a las cargas de la comunidad por no haberse demostrado su existencia; respecto a los bienes gananciales cuya enumeración consta en la Sentencia, dispuso su división y partición en ejecución; finamente ordenó que se libre la correspondiente provisión ejecutoria para que ante la Dirección Departamental de Registro Civil se proceda a la cancelación de la respectiva partida matrimonial