Ante la omisión existente, analizando el problema jurídico planteado, vinculado al rechazo por parte de
Ante la omisión existente, analizando el problema jurídico planteado, vinculado al rechazo por parte de la Jueza de Instrucción en lo Civil, de la excepción de declinatoria de jurisdicción de competencia planteada, la SC 0378/2006-R, señaló:"...que los Jueces de instancia a su turno, siguieron como único criterio rector para la determinación de la jurisdicción aplicable el de la mancha urbana dispuesta por el Gobierno Municipal, discernimiento que como se tiene apuntado precedentemente no condice con los mandatos de los arts. 136, 165 y 166 de la CPE, puesto que la autoridad judicial frente a semejante disyuntiva, a los efectos de determinar la jurisdicción aplicable debe partir del concepto de si la propiedad inmueble está destinada al uso de vivienda en centros poblados o urbanos, en cuyo caso se aplicarán las normas del Código Civil y la competencia será de los Jueces ordinarios; o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria sujeta al régimen de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, en cuyo caso la competencia será de los Jueces y tribunales agrarios, elementos que en el caso que se revisa no fueron tomados en cuenta por los Jueces de instancia, quienes, conforme se tiene referido, se limitaron únicamente a la normativa municipal relativa a la determinación de la mancha urbana" (resaltado añadido)
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II
- En el recurso interpuesto por Lucio Figueroa Arando de fs
- Del análisis de la problemática planteada se puede establecer lo siguiente
- En el asunto, el recurrente señala que no puede fundarse la incompetencia del Juez Civil
- En relación a que los terrenos se encontrarían en radio urbano de la ciudad de
- Ante la omisión existente, analizando el problema jurídico planteado, vinculado al rechazo por parte de
- De acuerdo al razonamiento expresado, la definición del régimen legal de la tierra y en
- (
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
