En relación a que los terrenos se encontrarían en radio urbano de la ciudad de
En relación a que los terrenos se encontrarían en radio urbano de la ciudad de Potosí, es deber manifestar, que en el cuaderno procesal no se encuentra documento que acredite que los terrenos cuya división se pretende, tienen un uso distinto a la actividad agraria, pues no basta con que estos estén dentro el perímetro de radio urbano, bajo éste razonamiento el Tribunal Constitucional mediante Sentencia Constitucional N° 001/2010 de fecha 17 de diciembre de 2010 señala: "Sin embargo, conforme observó la SC 0378/2006-R, "el régimen propietario no puede cambiar automáticamente por el solo hecho de ampliarse la mancha urbana en la forma que dispongan los Gobiernos Municipales (...) por lo que es absolutamente necesaria la existencia de un régimen legal específico que regule ese cambio, respetando los mandatos previstos en los arts. 136, 165 y 166 de la CPE y no únicamente dejar librado a lo que se disponga en una Ordenanza Municipal homologada mediante Resolución Suprema, cuando menos no a los efectos de determinar una cuestión de vital importancia como es el de la jurisdicción aplicable, máxime cuando por definición ésta es de orden público, no delegable y sólo emana de la ley; empero, se tiene que dicha normativa con las características anotadas no existe, por cuanto ni las normas Civiles como tampoco las agrarias son puntuales al respecto...". En mérito a la constatación del vacío legal, el Tribunal Constitucional a través de la citada Sentencia Constitucional, exhortó a la Comisión Agraria Nacional a: "...proyectar y proponer a donde corresponda la normativa pertinente a los efectos de regular el cambio de régimen legal de propiedad rural a propiedad urbana conforme a los fundamentos jurídicos del presente fallo"
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II
- En el recurso interpuesto por Lucio Figueroa Arando de fs
- Del análisis de la problemática planteada se puede establecer lo siguiente
- En el asunto, el recurrente señala que no puede fundarse la incompetencia del Juez Civil
- En relación a que los terrenos se encontrarían en radio urbano de la ciudad de
- Ante la omisión existente, analizando el problema jurídico planteado, vinculado al rechazo por parte de
- De acuerdo al razonamiento expresado, la definición del régimen legal de la tierra y en
- (
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
