CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº 375/2012
EXPEDIENTE: S.617/2008
PARTES: Lucio Rene Tito Villca y otro c/ Universidad Pública de El Alto
PROCESO: Beneficios Sociales
DISTRITO: La Paz
**********************************************************************************************
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 205 y vuelta, interpuesto por Federico Zelada Bilbao en su condición de Rector de la Universidad Pública de El Alto, contra el Auto de Vista Nº 152/08 SSA-II de 4 de agosto de 2008 (fojas 186 y vuelta) dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Lucio Rene Tito Villca y Miguel Angel Villca Aguilar contra la Universidad Pública de El Alto, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de El Alto La Paz, emitió la Sentencia Nº 54/2007 de fecha 23 de octubre de 2007 (fojas 150 a 155), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 15 a 16, subsanada a fojas 80 a 81 y 83, y PROBADA EN PARTE la excepción de prescripción, sin costas; debiendo en consecuencia la Universidad Pública de El Alto a través de su representante legal, cancelar a favor de los demandantes, de acuerdo con el siguiente detalle:
LUCIO RENE TITO VILLCA
Tiempo de Servicios: 2 años, 9 meses y 14 días
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 6.048,00
Indemnización: Bs. 16.867,00
Desahucio: Bs. 18.144,00
Salarios devengados: Bs. 30.240,00
Reintegro de aguinaldo 2003: Bs. 1.344,00
Vacaciones: Bs. 5.409,00
TOTAL: Bs. 72.004,00
MIGUEL ANGEL VILLCA AGUILAR
TIEMPO DE SERVICIO 2 años, 4 meses
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 4.600,00
Indemnización: Bs. 10.733,00
Desahucio: Bs. 13.800,00
Salarios devengados: Bs. 23.000,00
Reintegro aguinaldo: Bs. 1.150,00
Vacaciones: Bs. 3.066,00
TOTAL: Bs. 51.749,00
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 152/08 SSA-II de 4 de agosto de 2008 (fojas 186 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, REVOCÓ en parte la Sentencia Nº 54/2007, correspondiendo la reliquidación únicamente a favor de Miguel Ángel Villca Aguilar, en lo demás firme y subsistente
AUTO SUPREMO Nº 375/2012
EXPEDIENTE: S.617/2008
PARTES: Lucio Rene Tito Villca y otro c/ Universidad Pública de El Alto
PROCESO: Beneficios Sociales
DISTRITO: La Paz
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 205 y vuelta, interpuesto por Federico Zelada Bilbao en su condición de Rector de la Universidad Pública de El Alto, contra el Auto de Vista Nº 152/08 SSA-II de 4 de agosto de 2008 (fojas 186 y vuelta) dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Lucio Rene Tito Villca y Miguel Angel Villca Aguilar contra la Universidad Pública de El Alto, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de El Alto La Paz, emitió la Sentencia Nº 54/2007 de fecha 23 de octubre de 2007 (fojas 150 a 155), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 15 a 16, subsanada a fojas 80 a 81 y 83, y PROBADA EN PARTE la excepción de prescripción, sin costas; debiendo en consecuencia la Universidad Pública de El Alto a través de su representante legal, cancelar a favor de los demandantes, de acuerdo con el siguiente detalle:
LUCIO RENE TITO VILLCA
Tiempo de Servicios: 2 años, 9 meses y 14 días
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 6.048,00
Indemnización: Bs. 16.867,00
Desahucio: Bs. 18.144,00
Salarios devengados: Bs. 30.240,00
Reintegro de aguinaldo 2003: Bs. 1.344,00
Vacaciones: Bs. 5.409,00
TOTAL: Bs. 72.004,00
MIGUEL ANGEL VILLCA AGUILAR
TIEMPO DE SERVICIO 2 años, 4 meses
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 4.600,00
Indemnización: Bs. 10.733,00
Desahucio: Bs. 13.800,00
Salarios devengados: Bs. 23.000,00
Reintegro aguinaldo: Bs. 1.150,00
Vacaciones: Bs. 3.066,00
TOTAL: Bs. 51.749,00
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 152/08 SSA-II de 4 de agosto de 2008 (fojas 186 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, REVOCÓ en parte la Sentencia Nº 54/2007, correspondiendo la reliquidación únicamente a favor de Miguel Ángel Villca Aguilar, en lo demás firme y subsistente
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social
- Bajo el argumento de que el inicio de la relación laboral de Miguel Ángel Villca
- Que, contra el referido Auto de Vista, Federico Zelada Bilbao en su condición de Rector
- Refiere que el Tribunal de "Apelación jamás se detuvo a valorar la prueba de fojas
- Acusa que la excepción perentoria de prescripción no fue revisada por el Tribunal de Apelación
- Refiere que el demandante Lucio René Tito Villca no demostró la causal de retiro, menos
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- Además, el recurrente ignora que conforme establece la doctrina y la jurisprudencia el recurso de
- Que, de conformidad a la vasta jurisprudencia desarrollada por la Corte Suprema de Justicia y
- El recurso que motiva el presente análisis en consecuencia, es insuficiente, e injustificable, haciendo inviable
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
