Auto Supremo AS/0407/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2012

Fecha: 19-Dic-2012

CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es


Finaliza el memorial de recurso solicitando a la Sala Social del Tribunal Supremo, Case el Auto de Vista Nº 149/2008 determinando probada su demanda.

CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:

Que, la Ley Nº 1678 de 15 de diciembre de 1995, define la discapacidad como: "toda restricción o ausencia, debida a una deficiencia, de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano". Partiendo de esa definición se entiende que la persona con discapacidad es aquella que por adolecer de una disfuncionalidad psíquica o física no puede desenvolverse de forma independiente en distintos ámbitos como las demás personas.

Que, en el caso de autos por los certificados médicos de fojas 74, 75 y 76 se evidencia que el demandante sufre desde el año 2002 coxartrosis avanzada grado IV de cadera izquierda, que le produce limitaciones en su marcha, recomendando al paciente como tratamiento artroplastia total de cadera izquierda; más los citados certificados no indican que el malestar que sufre le provocó la condición de discapacidad, por otra parte, es determinante considerar que el Instituto Nacional de Salud Ocupacional (I.N.S.O.) creado mediante Decreto Ley Nº 16998 de 02 de agosto de 1979 es la única entidad competente para certificar el tipo y grado de discapacidad que sufre el trabajador, y consta en obrados que el actor no recurrió en ningún momento a esa institución para acreditar su grado de discapacidad a pesar que él manifiesta que adolece de esta desde hace más de 10 años