Auto Supremo AS/0464/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0464/2012

Fecha: 03-Dic-2012

Siendo esto así, convendremos que el recurso planteado por la recurrente no puede ser analizado,

Siendo esto así, convendremos que el recurso planteado por la recurrente no puede ser analizado, al no aperturarse la competencia de este Tribunal Supremo a ese fin, en consideración a que contra una Resolución anulatoria de obrados no es posible plantear recurso de casación en el fondo sino solamente en la forma; correspondiendo en consecuencia resolver en sujeción a lo determinado por el art. 271 num. 1) del Código de Procedimiento Civil