ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 60 á 63 interpuesto por Waldo Monje Verastegui contra el Auto de Vista Nº 174/2012 de Fs. 52 a 53, emitido el 03 de agosto 2012 por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba dentro el proceso de Acción Oblicua seguido por la Municipalidad de Cochabamba contra el recurrente; el Auto de concesión de fojas 68, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez de Partido Segundo en lo Civil de Cochabamba el 20 de abril 2.011 pronunció el Auto de fs. 31 y 32 de obrados, por la cual declaró la improcedencia de la acción oblicua y las excepciones opuestas contra la misma, y en vía preliminar dispone que por la oficina de Derechos Reales se proceda a la sub-inscripción del Cambio de Razón Social de Sociedad Hotelera Turística Portales S.R.L. por Sociedad Hotelera Turística Portales S.A
- Expediente: CB-96-12-A
- Proceso: Acción oblicua
- Distrito: Cochabamba
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa resolución de primera instancia el demandado interpuso recurso de apelación, en cuyo mérito
- En el numeral 3
- Antes se ingresar al análisis de los puntos expuestos en apelación corresponde, señalar que la
- No obstante la anotación precedente y tomando en cuenta el derecho a la petición del
- Por lo expuesto y no siendo la resolución recurrida una que sea revisable en casación,
- POR TANTO
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
