CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez de Partido
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 538
Sucre, 20/12/2012
Expediente: 366/2012-S
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 132 interpuesto por Aguelino Wilson Fernández Ayma, contra el Auto de Vista SSA-88/2012 de 5 de septiembre de 2012 (fs. 122-124), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso social que sigue Florencio Arojas García contra el recurrente, el Auto de concesión del recurso de fs. 137, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de Oruro, emitió la Sentencia Nº 013/2012 de 29 de marzo de 2012 (fs. 89-94), por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 9-11 de obrados, aclarada a fs. 15, en cuanto a lo correspondiente por el pago de los conceptos de indemnización, desahucio, sueldos devengados e indemnización por accidente de trabajo, e improbada en cuanto a los montos solicitados por el pago de curaciones médicas posteriores al accidente, descontando el pago parcial realizado de Bs. 1.200, haciendo un monto total de Bs. 18.500 (dieciocho mil quinientos 00/100 bolivianos). Con costas
Auto Supremo Nº 538
Sucre, 20/12/2012
Expediente: 366/2012-S
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 132 interpuesto por Aguelino Wilson Fernández Ayma, contra el Auto de Vista SSA-88/2012 de 5 de septiembre de 2012 (fs. 122-124), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso social que sigue Florencio Arojas García contra el recurrente, el Auto de concesión del recurso de fs. 137, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de Oruro, emitió la Sentencia Nº 013/2012 de 29 de marzo de 2012 (fs. 89-94), por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 9-11 de obrados, aclarada a fs. 15, en cuanto a lo correspondiente por el pago de los conceptos de indemnización, desahucio, sueldos devengados e indemnización por accidente de trabajo, e improbada en cuanto a los montos solicitados por el pago de curaciones médicas posteriores al accidente, descontando el pago parcial realizado de Bs. 1.200, haciendo un monto total de Bs. 18.500 (dieciocho mil quinientos 00/100 bolivianos). Con costas
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, el Juez de Partido
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandado (fs
- Dicha resolución motivó que la parte demandada formule recurso de nulidad (fs
- Por otra parte señaló que los de instancia incurrieron en violación de lo establecido por
- Finalmente, indicó que el Tribunal Supremo de Justicia, emita Auto Supremo donde se deberá declarar
- CONSIDERANDO II: Que no obstante que el recurso de nulidad presentado, no cumple a cabalidad
- En ese sentido, conforme prescribe el artículo 127
- En consecuencia, por los fundamentos expuestos corresponde resolver el recurso conforme a la previsión de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- No se regula honorario del abogado, toda vez que presentó de forma extemporánea la respuesta
- Se insta al Tribunal de Alzada a que en lo futuro señale en el Auto
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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