Auto Supremo AS/0549/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0549/2012

Fecha: 20-Dic-2012

Por otro lado respecto a que se solicitó el reintegro de beneficios sociales y no

Por otro lado respecto a que se solicitó el reintegro de beneficios sociales y no el cobro de los mismos que fueron cancelados parcialmente, amerita referir que el a quo al considerar que no corresponde el desahucio por no existir retiro intempestivo, como tampoco vacaciones por haber sido cubiertas a momento de la desvinculación lo hizo conforme a derecho, pues en materia laboral si bien rige el principio de inversión de la prueba, en virtud del cual, la carga de la prueba le corresponde al empleador en el marco de lo previsto en los artículos 3. h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, es decir, que el empleador demandado debe desvirtuar los fundamentos de la acción, sin perjuicio de ello, y para hacer valer sus derechos laborales supuestamente existentes, el actor debió aportar las pruebas necesarias, situación extrañada en el caso de autos, más al contrario se observa prueba documental de descargo consistentes en un formulario de finiquito, recibo de pago, liquidación de beneficios sociales que establecen que el motivo del retiro del actor fue por jubilación, como también consta el pago de las vacaciones reclamadas, elemento de convicción que fue valorado adecuadamente por el a quo, por lo que no resultaría evidente la acusación señalada respecto a este punto