Auto Supremo AS/0015/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0015/2012

Fecha: 22-Feb-2012

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4.- Asimismo manifiesta que no se aquitalaron las pruebas que a su vez cursan en la demanda, refiriéndose al pago efectuado fuera de los 15 días y aseverando una vez más que el retiro fue en fecha 30 de mayo de 2006 después de la promulgación, hace una transcripción del artículo 48 de la Constitución Política del Estado aseverando que se violentaron dichos principios, así como los principios insertos en el artículo 4 del Decreto Supremo 28699, en cuanto a la aplicación del indubio pro operario, la protección al trabajador, la inversión de la prueba Principio de la continuidad de la relación laboral