CONSIDERANDO I: Que, Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación de Armando Barrios Delgado, demanda reliquidación
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 15
Sucre, 22/02/2012
Expediente: 03/2012-S
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 210-213, interpuesto por Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación de Armando Barrios Delgado, contra el Auto de Vista No. 92/11-SSA-III de fecha 12 de abril de 2011, cursante a fs. 186, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso social por cobro de beneficios sociales, seguido por Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación de Armando Barrios Delgado contra la Caja Petrolera de Salud La Paz, representada legalmente por Roy Yafa Torrico Oviedo, el Auto de fecha 9 de diciembre de 2011 de fs. 216 por el que se concedió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación de Armando Barrios Delgado, demanda reliquidación de beneficios sociales contra la Caja Petrolera de Salud La Paz (fs. 9-11), tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia No. 205/2008 en fecha 16 de diciembre de 2008 a fs. 117-127, declarando improbada la demanda, probada la excepción de pago, e improbada la excepción de prescripción planteada en fs. 71-74
Auto Supremo Nº 15
Sucre, 22/02/2012
Expediente: 03/2012-S
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 210-213, interpuesto por Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación de Armando Barrios Delgado, contra el Auto de Vista No. 92/11-SSA-III de fecha 12 de abril de 2011, cursante a fs. 186, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso social por cobro de beneficios sociales, seguido por Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación de Armando Barrios Delgado contra la Caja Petrolera de Salud La Paz, representada legalmente por Roy Yafa Torrico Oviedo, el Auto de fecha 9 de diciembre de 2011 de fs. 216 por el que se concedió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación de Armando Barrios Delgado, demanda reliquidación de beneficios sociales contra la Caja Petrolera de Salud La Paz (fs. 9-11), tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia No. 205/2008 en fecha 16 de diciembre de 2008 a fs. 117-127, declarando improbada la demanda, probada la excepción de pago, e improbada la excepción de prescripción planteada en fs. 71-74
- CONSIDERANDO I: Que, Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación de Armando Barrios Delgado, demanda reliquidación
- En grado de apelación promovida por Freddy Ernesto Castro Oviedo en representación de Armando Barrios
- Contra dicho fallo, la parte demandante interpuso recurso de casación en el fondo cursante a
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- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración, en base a
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- Que, finalmente a mérito de estos antecedentes, y al no haber incurrido el tribunal ad
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- egístrese, notifíquese y devuélvase.
