CONSIDERANDO II: Que el recurso planteado no cumple a cabalidad con los requisitos establecidos en
CONSIDERANDO II: Que el recurso planteado no cumple a cabalidad con los requisitos establecidos en el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, ya que no señala de forma precisa las normas presumiblemente vulneradas, omitiendo además señalar el folio dentro del expediente del Auto de Vista impugnado, conforme a los requisitos que debe cumplir el recurso de casación ya sea en el fondo o en la forma, adoleciendo de la técnica jurídica adecuada y necesaria que debió observarse para su presentación; sin embargo a ello, este alto Tribunal Supremo de Justicia, con el fin de dar una solución al conflicto, resuelve de la siguiente manera:
Ante lo señalado por la empresa recurrente en su memorial de casación en el primer otrosí en cuanto al pronunciamiento del Auto de Vista recurrido (fs. 186-188) en sus incisos 1) y 3), no indica de forma precisa la ley o leyes vulneradas o aplicadas falsa o erróneamente, especificando en qué consiste dicha vulneración, falsedad o error, incumpliendo de tal forma lo establecido por el inciso 2) del artículo 258 del Código de Procedimiento Civil
Ante lo señalado por la empresa recurrente en su memorial de casación en el primer otrosí en cuanto al pronunciamiento del Auto de Vista recurrido (fs. 186-188) en sus incisos 1) y 3), no indica de forma precisa la ley o leyes vulneradas o aplicadas falsa o erróneamente, especificando en qué consiste dicha vulneración, falsedad o error, incumpliendo de tal forma lo establecido por el inciso 2) del artículo 258 del Código de Procedimiento Civil
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