Auto Supremo AS/0053/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0053/2012

Fecha: 20-Abr-2012

CONSIDERANDO II: Que, del estudio y análisis del Recurso de Casación, se establecen como motivos


CONSIDERANDO II: Que, del estudio y análisis del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los siguientes:

Que, el Auto de Vista impugnado es lesivo a sus intereses por ser contrario a la Ley, al debido proceso y violatorio a sus Derechos y Garantías Constitucionales de acceso a la justicia, al no revisar los antecedentes en conjunto y aplicar lo establecido en el art. 15 de la Ley de Organización Judicial Nº 1445 (abrogada), al no revisar de oficio y subsanar los defectos de procedimiento que constituyen defectos absolutos, citando como precedente contradictorio el Auto Supremo Nº 562/2004 de 1 de octubre de 2004, haciendo un relato de lo sucedido en el proceso.

Finalmente, conforme a los antecedentes y fundamentos señalados supra, María Teresa Vargas Luna, plantea Recurso de Casación sustentando su petitorio en lo determinado por los arts. 416 y siguientes del Código de Procedimiento Penal y el Auto Supremo Nº 348 de 7 de junio de 2004, solicitando en consecuencia, la admisión del Recurso y se proceda a dejar sin efecto el Auto de Vista Nº 257/08 de fecha 20 de marzo de 2008 dictado por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de La Paz, debiendo establecerse la Doctrina Legal Aplicable en conformidad al art. 419 de la Ley Procesal Penal