Auto Supremo AS/0103/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2012

Fecha: 11-May-2012

Siendo esa la pretensión recursiva, corresponde precisar que conforme lo señaló la extinta Corte Suprema

Siendo esa la pretensión recursiva, corresponde precisar que conforme lo señaló la extinta Corte Suprema de Justicia de la Nación, en criterio compartido por este Tribunal Supremo, las resoluciones emitidas respecto al monto de la asistencia familiar no son susceptibles de ser recurridas en casación, toda vez que las decisiones asumidas al respecto, no tienen carácter definitivo, pudiendo en cualquier momento ser revisadas a solicitud de las partes ya sea que se solicite su incremento, disminución o incluso su cesación