Auto Supremo AS/0122/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2012

Fecha: 23-May-2012

POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de

POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de la facultad conferida por el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial y aplicando la disposición contenida en el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Javier Flores Mamani (fs. 117 a 126), impugnando el Auto de Vista Nro. 09/2012 emitido el 8 de marzo de 2012 por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (fs. 105 a 112), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público, Marosque Esteban Pérez Ignacio, Romer Esteban Pérez Sánchez y Rubén Justo Pérez Ignacio contra el recurrente por la presunta comisión de los delitos de homicidio en grado de tentativa, lesiones gravísimas, graves y leves previstos y sancionados por los arts. 251 relativo al 8; 270 nrls. 4 y 5; 271, todos del Código Penal; y, dispone que, por Secretaría de Sala se remita copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista y el presente Auto Supremo a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia, para que se inhiban de dictar resoluciones en las que se debaten las mismas cuestiones de derecho, hasta que se les haga conocer la resolución emergente de este recurso de casación, todo conforme prevé el citado art. 418 en su parágrafo segundo del mismo cuerpo legal