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    Auto Supremo AS/0101/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0101/2012

    Fecha: 20-Jun-2012

    Apelada la sentencia por la institución demandante a través de su apoderado Víctor Hugo Alcoba


    Apelada la sentencia por la institución demandante a través de su apoderado Víctor Hugo Alcoba Solíz, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, por Auto de Vista Nº SCII - 110 de 3 de mayo de 2007, confirma totalmente la Sentencia Nº 60 de 26 de enero de 2007, con costas en ambas instancias
    • Proceso: Cobro de dinero
    • Partes: Banco de Crédito de Bolivia S.A. c/María Teresa Tarifa Vda. de Cruz
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fojas 612 a 615 vuelta, interpuesto
    • Apelada la sentencia por la institución demandante a través de su apoderado Víctor Hugo Alcoba
    • Contra la resolución de segunda instancia, la institución demandante a través de sus representantes legales
    • Finaliza el recurso, solicitando al tribunal de casación, case el auto de vista que confirma
    • Así, el recurso de casación está sometido a estrictos requisitos formales, de riguroso e indispensable
    • En consecuencia, al no haber cumplido la entidad recurrente con la carga legal prevista por
    • POR TANTO:La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bs 500
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • ibro Tomas de Razón 101/2012

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