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    Auto Supremo AS/0177/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0177/2012

    Fecha: 27-Jun-2012

    4

    4. Que mediante Auto de 12 de abril de 2011 la Presidenta y Vocal de la Sala Penal Primera, señalaron que el proceso habría sido radicado en la Sala Civil Primera, la cual adquirió competencia y resolvió diferentes solicitudes de las partes, por lo que dispuso la devolución del expediente a la Sala donde fue radicada la causa
    • EXP. N°: 245/2011
    • PROCESO: Conflicto de Competencia
    • PARTES: Suscitado entre la Penal Primera y la Sala Civil Primera de la Corte Superior
    • FECHA: Sucre, veintisiete de junio de dos mil doce
    • CONSIDERANDO: Que el presente conflicto de competencia, tuvo origen en los siguientes antecedentes
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    • CONSIDERANDO: Que el ordenamiento jurídico boliviano, establece el trámite que debe darse a un conflicto
    • CONSIDERANDO: Reconocida la competencia de la Sala Plena de éste Tribunal Supremo de Justicia para
    • No interviene el Magistrado Antonio Guido Campero Segovia por encontrarse en viaje oficial y el
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Secretario de Sala Plena

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