Auto Supremo AS/0192/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2012

Fecha: 14-Ago-2012

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación formal que cursa de fs. 2 a 3 vta., formulada por Cresencio Soto Rojas y Delia Guzmán de Soto y desarrollada la audiencia de juicio, por Sentencia de 20 de diciembre de 2011, que cursa de fs. 82 a 86, el Juez de Sentencia Cuarto del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a la recurrente Alejandrina Zeballos de Ayala, autora y responsable de la comisión de los delitos de Estafa, Estelionato y Abuso de Confianza, previstos por los arts. 335, 337 y 346 del CP, condenándole a la pena de cinco años y seis meses de reclusión, más el pago de costas, daños y perjuicios. Además, la absolvió por la comisión del delito de Despojo, previsto en el art. 351 del citado Código