De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
Leonor Rodríguez Quinteros, Fiscal de Materia, por requerimiento cursante de fs. 9 a 13 vta., presentó acusación formal contra Francisca Zúñiga Colque, Luís Rodríguez Maldonado, Celso Ramírez López, Vicente Mamani Bautista, Urbano Medrano Fuentes, Víctor Mollinedo Mamani y Pedro Medrano Carrasco, por la comisión de los delitos de Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias y Amenazas. Radicada la causa en el Juzgado Primero de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, instancia que dictó el Auto de Apertura de Juicio Público, cursante de fs. 50 a 51, mismo que concluyó con la Sentencia de 12 de abril de 2011, que cursa de fs. 278 a 288, mediante la cual se declaró a los imputados, autores de la comisión de los delitos imputados, condenándoles a cada uno a la pena de tres años de reclusión
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
Leonor Rodríguez Quinteros, Fiscal de Materia, por requerimiento cursante de fs. 9 a 13 vta., presentó acusación formal contra Francisca Zúñiga Colque, Luís Rodríguez Maldonado, Celso Ramírez López, Vicente Mamani Bautista, Urbano Medrano Fuentes, Víctor Mollinedo Mamani y Pedro Medrano Carrasco, por la comisión de los delitos de Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias y Amenazas. Radicada la causa en el Juzgado Primero de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, instancia que dictó el Auto de Apertura de Juicio Público, cursante de fs. 50 a 51, mismo que concluyó con la Sentencia de 12 de abril de 2011, que cursa de fs. 278 a 288, mediante la cual se declaró a los imputados, autores de la comisión de los delitos imputados, condenándoles a cada uno a la pena de tres años de reclusión
- El recurso de casación interpuesto por Francisca Zúñiga Colque, Celso Ramírez López, Vicente Mamani Bautista,
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la citada Sentencia, los imputados, por memorial cursante de fs
- Del examen del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- Señala que, se atentó contra lo dispuesto por los arts
- También identifican como otro motivo del recurso, la vulneración del art
- El Título V del Libro Tercero del Código de Procedimiento Penal, al reconocer el recurso
- - La primera parte del art
- precedente contradictorio"; esta parte de la norma impone al recurrente precisar la contradicción que existe
- En autos, el recurso de casación interpuesto por los recurrentes, cumple con el primer requisito
- Conforme se preciso en el acápite III de esta Resolución, para la admisibilidad del recurso
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
