Auto Supremo AS/0207/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2012

Fecha: 10-Ago-2012

Que, en el caso de Autos, el Recurso de Casación interpuesto por el Banco Central


Que, en el caso de Autos, el Recurso de Casación interpuesto por el Banco Central de Bolivia a través de sus representantes Patricia Susana Salvador Méndez y Juan Pablo Márquez Soria, cursante a fs. 174-175 cumple con los requisitos previstos en los citados arts. 416 y 417 de la Ley Adjetiva Penal, por cuanto, el recurso fue presentado cumpliendo la condición de tiempo prevista en el art. 417 del Código de Procedimiento Penal, además de invocar el Auto Supremo Nº 99 de 24 de marzo de 2005 en el Recurso de Apelación y Casación interpuesto, señalando las contradicciones deducidas por el recurrente y por las que correspondería dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, disponiendo el pronunciamiento de una nueva Resolución de acuerdo a la Doctrina Legal a ser establecida, contradicción que por disposición de lo previsto por el art. 419 del Código de Procedimiento Penal corresponde determinar en la Resolución del Recurso